Visas humanitarias y protección migratoria

Si has sido víctima de un crimen, de violencia doméstica o de persecución en tu país de origen, la ley migratoria de Estados Unidos tiene protecciones diseñadas específicamente para ti. Te ayudamos a identificar cuál aplica a tu situación y a solicitar esa protección con absoluta discreción y respeto.

Tipos de protección humanitaria que manejamos

Visa U — para víctimas de ciertos crímenes

La Visa U es un estatus migratorio en Estados Unidos disponible para proteger a las personas que han sido víctimas de ciertos crímenes calificados y que han cooperado (o están dispuestas a cooperar) con las autoridades en la investigación o procesamiento del crimen. Los requisitos y características principales son:

  • Crímenes elegibles: Debe tratarse de delitos específicos (como violencia doméstica, agresión sexual, secuestro, extorsión, trata humana o intento de cometerlos) ocurridos dentro de territorio estadounidense.

  • Certificación policial: Es obligatorio obtener un certificado (Formulario I-918 Suplemento B) emitido por una agencia del orden público, fiscalía o juez, que confirme que usted fue víctima y brindó ayuda útil en el caso.

  • Acción Diferida y Permiso de Trabajo: Debido a un límite anual de 10,000 visas, el tiempo de espera puede ser prolongado. Sin embargo, el programa de Determinación de Buena Fe permite a los solicitantes obtener un permiso de trabajo y protección contra la deportación mientras se toma una decisión final.

  • Beneficios para familiares: Los solicitantes principales pueden incluir a ciertos familiares directos (como cónyuges e hijos solteros menores de 21 años).

  • Camino a la Residencia: Tiene una validez de 4 años. Tras mantener este estatus durante 3 años continuos, cumplir con los requisitos y demostrar buena conducta moral, el beneficiario puede solicitar la Residencia Permanente Legal (Green Card).

  • Perdón de inadmisibilidad: Puede perdonar violaciones migratorias previas, como haber ingresado al país sin documentos.

Para saber si una agresión específica califica o si necesita apoyo para denunciar el delito y obtener la certificación, existen recursos oficiales para Víctimas de Actos Criminales que pueden orientarte.

VAWA — para víctimas de violencia doméstica

VAWA (Ley de Violencia Contra la Mujer) es una protección migratoria de EE. UU. que permite a las víctimas de abuso doméstico auto-peticionar su residencia legal sin que su agresor lo sepa. Otorga permisos de trabajo y protege contra la deportación.

Las características principales incluyen:

  • Auto-petición confidencial: La víctima solicita el trámite por sí misma (Formulario I-360) sin necesidad de que el abusador firme o se entere.

  • Tipos de abuso: No requiere maltrato físico. Aplica el abuso emocional, verbal, psicológico, sexual o financiero (ej. control de dinero, amenazas de deportación o aislamiento).

  • No depende del género: Protege tanto a mujeres como a hombres.

  • Perdón de historial migratorio: Permite regularizar su estatus incluso si la persona ingresó indocumentada, tiene entradas múltiples o deportaciones previas.

  • Beneficios temporales: Mientras se aprueba la residencia, otorga un permiso de trabajo, seguro social y protección contra la deportación.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Personas que han sufrido maltrato por parte de:

  • Su cónyuge (esposo/a) ciudadano o residente legal de EE. UU..

  • Sus padres ciudadanos o residentes legales.

  • Su hijo/a ciudadano estadounidense mayor de 21 años.

Comunidad LGBT+

Las personas de la comunidad LGBT+ pueden solicitar asilo o visas humanitarias si demuestran un temor fundado de persecución o sufren violaciones graves a sus derechos humanos en su país de origen por su orientación sexual, identidad de género o estado de salud. El principal recurso para protección internacional es el asilo político o refugio, el cual se gestiona cuando una persona huye de su país y solicita protección al llegar a un territorio más seguro.

  1. Asilo Político y Refugio

    • El asilo permite a personas que ya están en territorio estadounidense o en la frontera solicitar protección.

    • Grupos sociales: La ley estadounidense reconoce a la comunidad LGBT+ como un grupo social particular, lo que hace elegibles a quienes enfrentan persecución.

    • Requisitos: Debes demostrar un temor fundado de persecución por parte del gobierno, o de actores que el gobierno no puede o no quiere controlar.

    • Pruebas: Es crucial presentar testimonios detallados, informes sobre la situación en tu país y evidencias de amenazas, violencia o discriminación extrema.

    • Recursos: Organizaciones como “Immigration Equality” brindan manuales, guías y asistencia legal para peticionarios.

  2. Visas Humanitarias y Otras Protecciones

    • Si no calificas para el asilo, existen alternativas humanitarias o de emergencia:

    • Visas U: Para víctimas de ciertos crímenes (incluyendo violencia doméstica o crímenes de odio) que ocurrieron en EE. UU. y que colaboran con las autoridades.

    • Visas T: Para sobrevivientes de tráfico de personas.

    • Protección Rainbow Railroad: La red Rainbow Railroad apoya internacionalmente a personas LGBT+ en peligro inminente mediante vías de reasentamiento.    

  3. Vías Familiares

    • El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en todos los estados, permitiendo a ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes solicitar visas para su cónyuge.

La discreción es nuestra prioridad

Entendemos que acudir con un abogado de inmigración en situaciones de vulnerabilidad requiere fuerza y tener plena confianza en el profesional. Toda la información que compartes con nosotros está protegida por el privilegio abogado-cliente. Trabajamos con el mayor respeto y confidencialidad en cada caso.

¿Cómo sé si califico?

Cada situación es diferente. El primer paso es una evaluación confidencial de tu caso para identificar qué opciones de protección están disponibles para ti. No necesitas tener todo claro antes de llamar — para eso estamos.