Guía esencial de migración por via familiar: Petición Familiar I-130, AOS y Proceso Consular
El proceso de traer a un familiar a los Estados Unidos es complejo. En las Oficinas de Inmigración Julie Cruz Santana, entendemos que la clave del éxito reside en elegir la vía correcta desde el principio con base a sus necesidades. Esta guía detalla las dos rutas principales tras la aprobación de una petición I-130: el Ajuste de Estatus y el Proceso Consular.
Guía esencial de migración por via familiar
La Petición Inicial (I-130)
Todo comienza con la presentación del Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante USCIS para poder probar la naturaleza bona fide de esa relación. Una vez aprobado, el camino se bifurca según la ubicación del extranjero y cómo ingresó al país, de esta manera el extranjero puede elegir obtener la residencia permanente mediante un ajuste de estatus o bien mediante un proceso consular.
Ajuste de Estatus (AOS)
El Ajuste de Estatus (AOS) es el proceso que permite al beneficiario o extranjero obtener su Green Card sin salir de los Estados Unidos. Para ser elegible para el AOS, el extranjero debe cumplir con dos requisitos cruciales:
En términos generales ser un familiar inmediato de un Ciudadano Estadounidense, lo que significa que es un pariente directo, el cual se distingue porque las visas son ilimitadas anualmente, lo que significa que no tienen que esperar en la fila por la disponibilidad de una visa, estos serian el cónyuge de un ciudadano estadounidense, hijo soltero de un ciudadano estadounidense que sea menor de 21 años, padre o madre de un ciudadano estadounidense, siempre y cuando el ciudadano peticionario tenga 21 años de edad o más. Por el otro lado en el caso de las categorías preferenciales, tener una visa inmediatamente disponible, a diferencia de los familiares inmediatos, estas categorías están sujetas a límites anuales (cuotas) y, por lo tanto, generalmente implican tiempos de espera prolongados para que haya una visa disponible.
Entrada Legal a EE. UU. (Inspección y Admisión o Parole). Este es el requisito más estricto. Se considera que una persona tiene una entrada legal si fue inspeccionada y admitida por un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) al llegar a los Estados Unidos.
Ejemplos comunes de entrada legal incluyen:
Ingreso con una visa válida (turismo, estudiante, trabajo, etc.).
Ingreso con Parole (humanitario, parole bajo CBP One, etc.).
Importante: La entrada ilegal o "por la frontera sin inspección" generalmente descalifica a la persona para el Ajuste de Estatus, forzándola a solicitar un perdón migratorio u optar por el proceso consular.
Proceso Consular
El Proceso Consular es la vía obligatoria para los beneficiarios que se encuentran fuera de los Estados Unidos o para aquellos que, estando dentro, no califican para el Ajuste de Estatus (por ejemplo, por no tener una entrada legal).
¿Qué es el Proceso Consular?
Es el procedimiento que permite al beneficiario obtener su visa de inmigrante en una Embajada o Consulado de los EE. UU. en el extranjero. El proceso consta de tres fases principales:
Fase NVC: La presentación de documentos civiles y la declaración de patrocinio económico (Affidavit of Support) ante el Centro Nacional de Visas (NVC).
Fase Consular: La programación de la entrevista y el examen médico en el país de origen.
Fase de Admisión: Una vez aprobada la visa, el beneficiario viaja a EE. UU., donde se le otorga la residencia permanente.
Boletín de Visas
Si su familiar pertenece a una categoría preferencial (F1, F2A, F2B, F3, F4), los tiempos de espera están definidos por el Boletín de Visas, publicado mensualmente por el Departamento de Estado.
Categorías familiares más comunes:
F1: Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses (mayores de 21 años)
F2A: Esposos e hijos menores de residentes permanentes
F2B: Hijos solteros adultos de residentes permanentes
F3: Hijos casados de ciudadanos estadounidenses
F4: Hermanos de ciudadanos estadounidenses
Recordatorio: Los Familiares Inmediatos de Ciudadanos Estadounidenses no están sujetos al boletín de visas, ya que la visa está disponible tan pronto como se aprueba la petición I-130.
En las Oficinas de Inmigración Julie Cruz Santana, analizamos meticulosamente cada caso para determinar la ruta más rápida y segura. Evite errores que puedan generar barreras de inadmisibilidad o demoras de años.